Art. 183
Libro LIBRO IIITítulo TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Bases de la concentración

Art. 183

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En vigor desde 23 feb 1973
Una vez reunidos los datos que permitan establecer con carácter provisional las bases de la concentración, se realizará una encuesta que consistirá en la publicación de dichas bases provisionales para que todos puedan formular las observaciones verbales o escritas que estimen pertinentes.
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eli/es/d/1973/01/12/118#art-183