Libro LIBRO III›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 128
130 / 319En vigor desde 23 feb 1973
La ordenación de explotaciones a que se refiere el artículo 5.º tiene por principal objeto promover en una zona y en un plazo determinados mediante las ayudas y estímulos que se establecen en este Título, la constitución de explotaciones de dimensiones suficientes y características adecuadas en orden a su estructura, capitalización y organización empresarial.
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Proeli/es/d/1973/01/12/118#art-128