Título TÍTULO PRIMERO
Art. Artículo quinto
5 / 16En vigor desde 5 jul 1960
Nace la obligación de contribuir, y desde entonces será exigible el pago, en el acto de la solicitud del permiso para cazar o pescar.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1960/06/02/1028#articulo-quinto