Título CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 9
9 / 1811. La Asamblea General estará integrada por todos los Miembros de las Naciones Unidas.
2. Ningún Miembro podrá tener más de cinco representantes en la Asamblea General.
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Proeli/es/ai/1990/10/29/(2)#art-9