Art. 89
Título CARTA DE LAS NACIONES UNIDASCapítulo CAPÍTULO XIII

Art. 89

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1. Cada miembro del Consejo de Administración Fiduciaria tendrá un voto. 2. Las decisiones del Consejo de Administración Fiduciaria serán tomadas por el voto de la mayoría de los miembros presentes y votantes.
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eli/es/ai/1990/10/29/(2)#art-89