Título CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS›Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 56
56 / 181Todos los Miembros se comprometen a tomar medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización, para la realización de los propósitos consignados en el artículo 55.
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Proeli/es/ai/1990/10/29/(2)#art-56