Art. 14 · Disposiciones financieras

Art. 14

Disposiciones financieras

Artículo 14 Disposiciones financieras 1.   Los gastos comunes del pilar militar se administrarán de conformidad con la Decisión (PESC) 2021/509. 2.   El importe de referencia financiera para los gastos comunes del pilar militar para el período de seis meses tras la entrada en vigor de la presente Decisión será de 2 880 000 EUR. El porcentaje del importe de referencia mencionado en el artículo 51, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2021/509 será del 70 % para compromisos y del 35 % para pagos. El Consejo decidirá el importe de referencia financiera para los períodos subsiguientes.
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