Art. 12
Jefe del pilar militar
Artículo 12
Jefe del pilar militar
1. El jefe del pilar militar asumirá la responsabilidad del pilar militar y ejercerá su mando y control a nivel operativo.
2. El jefe del pilar militar será directamente responsable ante el comandante militar y actuará bajo sus instrucciones.
3. Sin perjuicio de la cadena de mando, el jefe del pilar militar recibirá orientación política local del jefe de la delegación de la Unión en el Líbano.
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