Art. 8 · Medidas restrictivas

Art. 8

Medidas restrictivas

Artículo 8 Medidas restrictivas 1.   En caso de amenaza espacial, el Alto Representante podrá proponer al Consejo que adopte medidas restrictivas dirigidas a personas y entidades con miras a responder a tal amenaza y salvaguardar los intereses esenciales de la Unión. 2.   El SEAE evaluará las repercusiones de la respuesta que el Alto Representante tenga previsto proponer al Consejo en virtud del apartado 1.
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