Art. 1
Artículo 1
Se autoriza a Irlanda a aplicar las siguientes reducciones de los tipos impositivos por debajo de los niveles mínimos de imposición a que se refiere el artículo 7 de la Directiva 2003/96/CE a las empresas de transporte por carretera que utilicen gasóleo para uso profesional utilizado como carburante de automoción, tal como se define en el apartado 3 de dicho artículo:
a)
0,25185 EUR por litro de gasóleo durante el período comprendido entre la fecha de notificación de la presente Decisión y el 31 de agosto de 2026;
b)
0,31689 EUR por litro de gasóleo durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de septiembre de 2026.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Procelex:32026D1902#art-1