Art. 13 · Subrogación de derechos

Art. 13

Subrogación de derechos

Artículo 13 Subrogación de derechos A efectos de garantizar el respeto de los compromisos jurídicos contraídos por anteriores REUE para Kosovo en lo que respecta a los miembros de su equipo y con la contratación pública de obras, suministros o servicios o el arrendamiento de terrenos, edificios u otros bienes inmuebles, el REUE se subrogará y asumirá los derechos y obligaciones de esos REUE anteriores, con excepción de las obligaciones derivadas de faltas graves, de las que esos REUE anteriores seguirán siendo únicos responsables.
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