Art. 15 · Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación

Art. 15

Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación

En vigor desde 21 abr 2026
Artículo 15 Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación 1.   El Alto Representante garantizará la coherencia de la aplicación de la presente Decisión con el conjunto de la acción exterior de la Unión, incluidos los programas de ayuda de la Unión. 2.   Sin perjuicio de la cadena de mando, el jefe de la Delegación de la Unión en Armenia proporcionará orientación política local al jefe de misión. 3.   El jefe de misión garantizará una estrecha coordinación con los representantes de los Estados miembros y los socios internacionales de la República de Armenia.
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