Art. 1 · Organismo modificado genéticamente e identificador único

Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 10 mar 2026
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna al algodón (Gossypium hirsutum) modificado genéticamente T304-40, según se especifica en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único BCS-GHØØ4-7.
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