Art. 1 · Organismo modificado genéticamente e identificador único

Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 27 feb 2026
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna a la remolacha azucarera (Beta vulgaris L.) modificada genéticamente KWS20-1, especificada en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único KB-KWS2Ø1-6.
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