Art. 11 · Acceso a documentos y protección de datos

Art. 11

Acceso a documentos y protección de datos

En vigor desde 11 feb 2026
Artículo 11 Acceso a documentos y protección de datos 1.   El REUE aplicará las normas establecidas en el Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), así como las correspondientes normas de desarrollo adoptadas por el Alto Representante. 2.   El REUE protegerá a las personas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (6), así como las correspondientes normas de desarrollo adoptadas por el Alto Representante.
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