Art. 2
En vigor desde 19 dic 2025
Artículo 2
El artículo 4 de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1772 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
La presente Decisión tendrá validez hasta el 27 de diciembre de 2031, salvo que se prorrogue de conformidad con el procedimiento indicado en el artículo 93, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679.».
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