Art. 13
Acceso a los documentos
En vigor desde 18 dic 2025
Artículo 13
Acceso a los documentos
No se concederá el acceso a los documentos que formen parte de encargos de auditoría interna, a menos que el solicitante demuestre un interés público superior en proporcionar dicho acceso que prevalezca sobre los intereses protegidos por el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (14).
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