Art. 5

Art. 5

En vigor desde 20 nov 2025
Artículo 5 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Expirará a los veinticuatro meses de la fecha de celebración del acuerdo, o bien a los seis meses de su adopción si en ese plazo no se hubiese celebrado el acuerdo necesario.
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