Art. 1
En vigor desde 13 nov 2025
Artículo 1
1. Se autoriza a la Comisión para que, en nombre de la Unión, negocie con el Reino Unido los acuerdos siguientes:
a)
un acuerdo sobre un espacio sanitario y fitosanitario común entre la Unión y el Reino Unido con respecto a Gran Bretaña, y
b)
un acuerdo sobre la vinculación de los regímenes de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero del Reino Unido y de la Unión.
2. Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo que figuran en la adenda de la presente Decisión, a reserva de cualquier directriz que el Consejo pueda dirigir posteriormente a la Comisión.
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