Art. 1

Art. 1

En vigor desde 13 nov 2025
Artículo 1 1.   Se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones con miras a enmendar el Convenio del Aceite de Oliva y de las Aceitunas de Mesa de 2015. 2.   Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo que figuran en la adenda de la presente Decisión.
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