Art. 4

Art. 4

En vigor desde 13 nov 2025
Artículo 4 Un importe de 1 200 000 EUR procedente de fondos no comprometidos o liberados de proyectos en el marco del 9.o FED se reembolsará a las Partes en el FED mediante una reducción del pago del primer tramo de 2026 fijado en el artículo 3.
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