Art. 2 · Ámbito de aplicación

Art. 2

Ámbito de aplicación

En vigor desde 27 oct 2025
Artículo 2 Ámbito de aplicación La contribución establecida en el artículo 3 representa la contribución financiera anual del Reino Unido: — al módulo de la declaración de desplazamiento del transporte por carretera del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI), y — al Registro Europeo de Empresas de Transporte por Carretera (ERRU).
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