Art. 1
En vigor desde 30 sept 2025
Artículo 1
La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a la adjudicación de contratos por las entidades adjudicadoras con el fin de posibilitar la realización en Estonia de las actividades siguientes:
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servicios nacionales de paquetería (ordinaria y urgente),
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servicios internacionales de paquetería ordinaria,
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servicios de cartas maxi y paquetes extra pequeños,
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servicios de impresión y empaquetado.
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