Art. 1

Art. 1

En vigor desde 16 sept 2025
Artículo 1 La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en la reunión del Comité de Ministros del Consejo de Europa de septiembre de 2025 será la de apoyar una prórroga hasta el 23 de abril de 2027 del plazo de adhesión de Kazajistán al Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.
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