Art. 4 · Evaluación de las salvaguardias

Art. 4

Evaluación de las salvaguardias

En vigor desde 31 jul 2025
Artículo 4 Evaluación de las salvaguardias 1.   Los bancos centrales del Eurosistema llevarán a cabo evaluaciones prospectivas trimestrales del cumplimiento por las ECC admisibles de los requisitos relativos a las salvaguardias de solidez financiera y de una gestión adecuada del riesgo de liquidez establecidos en los artículos 2 y 3. 2.   Si entre las evaluaciones trimestrales que exige el apartado 1 se produce una circunstancia que pueda provocar dudas acerca de la solidez financiera y la gestión del riesgo de liquidez de una ECC admisible, los bancos centrales del Eurosistema también llevarán a cabo evaluaciones eventuales prospectivas, incluida una vigilancia especial intensificada, del cumplimiento por la ECC admisible de los requisitos relativos a las salvaguardias de solidez financiera y de una gestión adecuada del riesgo de liquidez establecidos en los artículos 2 y 3. 3.   Al llevar a cabo las evaluaciones a que se refieren los apartados 1 y 2, podrá tenerse en cuenta la información siguiente: a) la información cuantitativa sobre capital, márgenes, fondo de garantía frente a incumplimientos, otros recursos financieros y controles del riesgo de liquidez, presentada en el marco del Reglamento (UE) n.o 648/2012; b) cualquier otra información sobre capital, márgenes, fondo de garantía frente a incumplimientos, otros recursos financieros y controles del riesgo de liquidez; c) la información sobre las circunstancias enumeradas en el artículo 3, apartado 1, letra a), en relación con los controles del riesgo de liquidez de la ECC para situaciones de tensión; d) cualquier otra información que se juzgue pertinente, sobre todo si suscita serias dudas acerca de la solidez financiera, la gestión adecuada del riesgo de liquidez, el marco general de gestión de riesgos y el gobierno de la ECC. 4.   La ECC admisible presentará la información a que se refiere el apartado 3 si se la solicita el BCN pertinente de la zona del euro.
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