Art. 1

Art. 1

En vigor desde 9 jul 2025
Artículo 1 En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio de 2025, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea se movilizará de la manera siguiente, en créditos de compromiso y de pago, en relación con las catástrofes naturales: a) se desembolsará un importe de 42 789 075 EUR en favor de Austria en relación con las inundaciones de septiembre de 2024; b) se desembolsará un importe de 75 998 939 EUR en favor de Polonia en relación con las inundaciones de septiembre de 2024; c) se desembolsará un importe de 113 979 781 EUR en favor de Chequia en relación con las inundaciones de septiembre de 2024; d) se desembolsará un importe de 2 108 187 EUR en favor de Eslovaquia en relación con las inundaciones de septiembre de 2024; e) se desembolsará un importe de 195 196 EUR en favor de Moldavia en relación con las inundaciones de septiembre de 2024; f) se desembolsará un importe de 45 669 725 EUR en favor de Bosnia y Herzegovina en relación con las inundaciones de octubre de 2024.
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