Art. 1

Art. 1

En vigor desde 8 jul 2025
Artículo 1 Queda aprobada, en nombre de la Unión Europea, la terminación del Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República de Camerún sobre la aplicación de las leyes forestales, la gobernanza y el comercio de madera y productos derivados con destino a la Unión Europea (FLEGT) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), que entró en vigor el 1 de diciembre de 2011. El Acuerdo dejará de aplicarse a más tardar doce meses después de la fecha de notificación a la República de Camerún.
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