Art. 1
En vigor desde 8 jul 2025
Artículo 1
En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 20 se sustituye por el texto siguiente:
«20. Se aprueba que Ernst & Young d.o.o. sea el auditor externo del Hrvatska narodna banka para los ejercicios 2025 a 2027.».
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