Art. 1

Art. 1

En vigor desde 8 jul 2025
Artículo 1 En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 20 se sustituye por el texto siguiente: «20.   Se aprueba que Ernst & Young d.o.o. sea el auditor externo del Hrvatska narodna banka para los ejercicios 2025 a 2027.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2025:1412:oj#art-1