Art. 1
Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración
En vigor desde 8 jul 2025
Artículo 1
Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración
1. Se establece una medida de asistencia en favor de Senegal (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»).
2. El objetivo de la medida de asistencia es apoyar a las Fuerzas Armadas de Senegal en la defensa de la integridad territorial de Senegal y proteger a su población civil frente a las amenazas internas y externas.
3. Para alcanzar el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales y las obras de infraestructura siguientes:
a)
equipos de visión y vigilancia diurna y nocturna, de uso terrestre y fluvial;
b)
equipos para la recopilación de información;
c)
equipos de protección de la fuerza;
d)
construcción de sendas bases fluviales en Foundiougne y Bakel;
e)
construcción de un circuito de obstáculos en exteriores y un circuito avanzado de obstáculos para la Escuela Nacional de Suboficiales en Kaolack.
En caso necesario, la medida de asistencia financiará también los suministros y servicios conexos, incluida la formación técnica.
4. La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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