Art. 9 · Registros

Art. 9

Registros

En vigor desde 30 jun 2025
Artículo 9 Registros 1.   Los registros de la plataforma de colaboración de los ECI, a saber, los registros de infraestructura a que se refiere el apartado 6 del presente artículo y los registros técnicos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento (UE) 2023/969, se almacenarán y supervisarán de forma segura en el repositorio centralizado de registros de la plataforma de colaboración de los ECI. 2.   Solo eu-LISA podrá acceder al repositorio centralizado de registros de la plataforma de colaboración de los ECI. 3.   La plataforma realizará periódicamente una copia de seguridad de los registros. 4.   Los registros se almacenarán en un formato que permita su análisis, correlación y tratamiento posterior. 5.   Al expirar los períodos de conservación a que se refieren el artículo 25, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2023/969 y el apartado 8 del presente artículo, todos los registros, incluidas las copias de seguridad, se borrarán de forma automática y permanente. 6.   Los registros de infraestructura se referirán al sistema de información centralizado y al soporte lógico (software) de comunicación, e incluirán todos los registros que permiten supervisar la infraestructura, el desempeño y la seguridad de la plataforma. 7.   Se adoptarán medidas técnicas adecuadas para proteger los registros de infraestructura frente a modificaciones y accesos no autorizados. 8.   Los registros de infraestructura se conservarán durante un año o durante el período de mayor duración que sea necesario para completar los procedimientos de seguimiento en curso. 9.   Corresponderá a eu-LISA: a) crear una lista del personal autorizado para acceder al repositorio centralizado de registros de la plataforma de colaboración de los ECI; b) especificar las normas, prácticas y procedimientos de registro, incluido el formato específico de los registros y el procedimiento para compartirlos; c) inspeccionar los registros en respuesta a incidentes, de manera proactiva, cuando sea posible; d) llevar a cabo tareas de gestión de registros, como el almacenamiento seguro, la realización de copias de seguridad, la trazabilidad del acceso a los registros y la protección contra accesos no autorizados, y e) borrar los registros.
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