Art. 1 · Objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 26 may 2025
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   El presente Reglamento de personal (en lo sucesivo, «Reglamento») regula las condiciones de empleo y define los derechos y obligaciones del personal que trabaja para la Fundación Internacional UE-ALC (en lo sucesivo, «Fundación UE-ALC» o «la Fundación»), que está legalmente representada por el Director Ejecutivo. Asimismo, el presente Reglamento establece las normas generales de trabajo que rigen la gestión en materia administrativa y laboral entre la Fundación UE-ALC y su personal, con el fin de velar por que el trabajo se lleve a cabo en un marco transparente y eficiente. El presente Reglamento no contradice el acuerdo constitutivo (en lo sucesivo, «Acuerdo») de la Fundación UE-ALC ni el Acuerdo sobre la Sede firmado entre la Fundación y la República Federal de Alemania (en lo sucesivo, «el Acuerdo sobre la Sede»); en caso de conflicto, prevalecerán el Acuerdo y el Acuerdo sobre la Sede, en ese orden. 2.   Salvo disposición en contrario, el presente Reglamento se aplicará a todo el personal permanente o temporal al servicio de la Fundación UE-ALC.
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