Art. 11
Presentación de informes
En vigor desde 20 may 2025
Artículo 11
Presentación de informes
El REUE presentará periódicamente informes al Alto Representante. El REUE informará periódicamente al CPS y, según proceda, a los grupos de trabajo del Consejo. Los informes periódicos se transmitirán a través de la red COREU. EL SEAE estará informado plenamente en todo momento. El REUE podrá presentar informes al Consejo de Asuntos Exteriores. De conformidad con el artículo 36 del Tratado, el REUE podrá intervenir en la provisión de información al Parlamento Europeo.
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