Art. 5 · Propuestas de nombramiento

Art. 5

Propuestas de nombramiento

En vigor desde 5 may 2025
Artículo 5 Propuestas de nombramiento 1.   Las propuestas de nombramiento a la Orden podrán presentarlas: — el presidente del Parlamento Europeo; — el presidente del Consejo Europeo; — el presidente de la Comisión Europea; — los jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros que sean miembros del Consejo Europeo; o — los presidentes de los Parlamentos nacionales de los Estados miembros. 2.   En las propuestas se incluirá información biográfica que destaque los logros de la persona propuesta, así como sus datos de contacto, según proceda. Las propuestas se presentarán en una lengua oficial de la Unión al comité de selección establecido con arreglo al artículo 7.
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