Art. 50 · Requisitos en materia de formación y ejercicios

Art. 50

Requisitos en materia de formación y ejercicios

En vigor desde 10 abr 2025
Artículo 50 Requisitos en materia de formación y ejercicios Los expertos, en caso necesario, cursarán el programa de formación y participarán en los ejercicios previstos en el artículo 24.
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