Art. 44 · Costes operativos

Art. 44

Costes operativos

En vigor desde 10 abr 2025
Artículo 44 Costes operativos 1.   Los costes operativos mencionados en el artículo 23, apartado 2, apartado 4 ter, y apartado 4 quater, de la Decisión n.o 1313/2013/UE incluirán todos los costes de funcionamiento de una capacidad durante una operación. Dichos costes podrán incluir los costes relacionados con el personal, el transporte internacional y local, la logística, el material fungible y los suministros, el mantenimiento, así como otros costes necesarios para garantizar el uso efectivo de dichas capacidades. 2.   Los costes a que se refiere el apartado 1 no podrán optar al apoyo de la Unión cuando estén cubiertos en virtud del artículo 45 de la presente Decisión o del artículo 3, apartado 2, de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/570 de la Comisión (9), o cuando se financien a través de otros instrumentos financieros de la Unión. 3.   Los procedimientos para solicitar la ayuda de la Unión previstos en el artículo 54 se aplicarán también a las solicitudes de ayuda financiera para los costes operativos.
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