Art. 1
Objeto
En vigor desde 10 abr 2025
Artículo 1
Objeto
La presente Decisión establece normas detalladas de desarrollo de la Decisión n.o 1313/2013/UE, en lo que respecta a:
a)
la relación del Centro de Coordinación de la Respuesta a Emergencias («Centro de Coordinación») con los puntos de contacto de los Estados miembros;
b)
los componentes del Sistema Común de Comunicación e Información de Emergencia (el «Sistema de Comunicación e Información») y la organización del intercambio de información a través de dicho Sistema;
c)
la identificación de expertos, módulos, otras capacidades de respuesta y equipos de apoyo y asistencia técnica comprometidos a la Reserva Europea de Protección Civil;
d)
los requisitos técnicos mínimos de los módulos y los equipos de apoyo y asistencia técnica;
e)
los procedimientos de certificación, nueva certificación y registro necesarios para el funcionamiento de la Reserva Europea de Protección Civil y de rescEU;
f)
la identificación de las carencias en las capacidades de respuesta en la Reserva Europea de Protección Civil y la manera de subsanarlas;
g)
la determinación de los objetivos de capacidad de la Reserva Europea de Protección Civil;
h)
la organización de programas de formación, ejercicios e intercambio de expertos;
i)
la identificación y promoción del programa sobre lecciones extraídas de la experiencia;
j)
los procedimientos operativos de la Reserva Europea de Protección Civil y de rescEU para responder a catástrofes dentro y fuera de la Unión y la identificación de las organizaciones internacionales competentes;
k)
el procedimiento para desplegar equipos de protección civil de la Unión Europea;
l)
la organización de la ayuda de la Unión en las medidas de respuesta.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2025:704:oj#art-1