Art. 1
Modificaciones
En vigor desde 24 mar 2025
Artículo 1
Modificaciones
La Decisión BCE/2023/18 se modifica como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento (UE) n.o 468/2014 (BCE/2014/17), la presente Decisión establece los procedimientos relativos a la presentación al Banco Central Europeo (BCE) de los datos transmitidos a las autoridades nacionales competentes (ANC) por las entidades supervisadas, conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión (*1), al Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión (*2), al Reglamento de Ejecución (UE) 2021/453 de la Comisión (*3) y al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2454 de la Comisión (*4).
(*1) Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión, de 14 de septiembre de 2016, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con las plantillas, definiciones y soluciones informáticas que han de utilizar las entidades al informar a la Autoridad Bancaria Europea y a las autoridades competentes, de conformidad con el artículo 78, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 328 de 2.12.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2016/2070/oj)."
(*2) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 680/2014 (DO L 97 de 19.3.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/451/oj)."
(*3) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/453 de la Comisión, de 15 de marzo de 2021, por el que se establecen normas técnicas de ejecución orientadas a la aplicación del Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de presentación de información por riesgo de mercado (DO L 89 de 16.3.2021, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/453/oj)."
(*4) Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2454 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con la presentación de información con fines de supervisión sobre las concentraciones de riesgos y las operaciones intragrupo (DO L 324 de 19.12.2022, p. 55, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2022/2454/oj).»."
2)
En el artículo 3, se añade el apartado 3 siguiente:
«3. Las ANC presentarán al BCE la información recibida de las entidades supervisadas significativas de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2454. Las ANC presentarán dicha información una vez recibidos los datos y efectuadas las comprobaciones iniciales de su calidad conforme al artículo 6, sin demora indebida.»
.
3)
En el artículo 4, apartado 2, se añade la letra c) siguiente:
«c)
respecto de las entidades supervisadas significativas que encabecen conglomerados financieros de los que el BCE sea el coordinador, a más tardar el 25.o día hábil siguiente a las fechas de presentación pertinentes acordadas por el BCE y las autoridades competentes pertinentes de acuerdo con el artículo 2, apartado 3, y el artículo 3, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2015/2303 de la Comisión (*5).
(*5) Reglamento Delegado (UE) 2015/2303 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa la Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo a través de normas técnicas de regulación en las que se especifican las definiciones de las concentraciones de riesgos y las operaciones intragrupo (DO L 326 de 11.12.2015, p. 34, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2015/2303/oj).»."
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2025:673:oj#art-1