Art. 1
En vigor desde 11 mar 2025
Artículo 1
1. En el contexto de la ejecución de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva, la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea y la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa, la Unión seguirá apoyando las actividades de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA) mediante una acción operativa en apoyo de la Convención sobre Armas Bacteriológicas y Toxínicas (CABT), el programa entre períodos de sesiones de la CABT y la preparación de su décima conferencia de examen (en lo sucesivo, «acción»).
2. La acción tendrá los objetivos siguientes:
a)
apoyar el programa entre períodos de sesiones de la CABT facilitando los debates que tienen lugar en el grupo de trabajo sobre la consolidación de la CABT, así como la preparación de su décima conferencia de examen de 2027;
b)
consolidar la aplicación de la CABT sobre la base de los avances de Decisiones (PESC) del Consejo anteriores.
3. En el anexo de la presente Decisión figura una descripción detallada de la acción.
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