Art. 9
Modalidades de acceso
En vigor desde 6 mar 2025
Artículo 9
Modalidades de acceso
1. Los documentos para los que se conceda el acceso se enviarán por correo postal o correo electrónico. Si los documentos solicitados son muy voluminosos o difíciles de manipular, podrá invitarse a la persona solicitante a desplazarse para consultar los documentos in situ. Su consulta será gratuita.
2. Si el documento ya se ha divulgado, la respuesta podrá consistir en dar información a la persona solicitante sobre cómo obtener el documento solicitado, por ejemplo facilitando la referencia de publicación o indicando la dirección web en la que esté disponible.
3. Si el volumen de las copias de los documentos que se envíen por correo postal supera las veinte páginas, podrá exigirse al solicitante el pago de 0,10 EUR por página, más los gastos de envío. Los gastos que se deriven de otro tipo de soportes se decidirán caso por caso, evitando que excedan de un importe razonable.
Historial de versiones
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