Art. 5
Financiación
En vigor desde 28 feb 2025
Artículo 5
Financiación
1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato (en lo sucesivo, «gastos») entre el 1 de marzo de 2025 y el 1 de junio de 2025 será de 273 229,68 EUR.
2. Los gastos se gestionarán con arreglo a los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión.
3. La gestión del gasto se regirá por un contrato entre el REUE y la Comisión. El representante especial rendirá cuentas de todos los gastos a la Comisión.
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