Art. 10 · Acceso a documentos, archivos y protección de datos

Art. 10

Acceso a documentos, archivos y protección de datos

En vigor desde 24 feb 2025
Artículo 10 Acceso a documentos, archivos y protección de datos 1.   El REUE aplicará las normas establecidas en el Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (5). El Alto Representante aprobará las normas de ejecución pertinentes relativas al REUE. 2.   El REUE protegerá a los particulares en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (6). El Alto Representante aprobará las normas de ejecución pertinentes relativas al REUE.
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