Art. 1
En vigor desde 24 feb 2025
Artículo 1
La Decisión 2012/642/PESC se modifica como sigue:
1)
El artículo 3, apartado 1, se modifica como sigue:
a)
en la letra b) se suprime la palabra «o»;
b)
se añaden las letras siguientes:
«d)
que contribuyan a la infracción de la prohibición de elusión de las disposiciones de la presente Decisión o que frustren significativamente de otro modo dichas disposiciones, o
e)
sean personas físicas asociadas a las personas a que se refieren las letras b), c) o d).».
2)
En el artículo 8, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. La presente Decisión será aplicable hasta el 28 de febrero de 2026.».
3)
El anexo I se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
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