Art. 1

Art. 1

En vigor desde 18 feb 2025
Artículo 1 La Decisión 2011/101/PESC se modifica como sigue: 1. En el artículo 10, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   La presente Decisión será aplicable hasta el 20 de febrero de 2026.». 2. El anexo I se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
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