Art. 2

Art. 2

En vigor desde 13 feb 2025
Artículo 2 La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, el punto 1 del anexo de la presente Decisión será aplicable a partir del 11 de noviembre de 2025 y el punto 2 del anexo de la presente Decisión será aplicable a partir del 14 de agosto de 2026.
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