Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 dic 2024
Artículo 1 El régimen voluntario «Programme for the Endorsement of Forest Certification – PEFC», presentado a la Comisión el 4 de octubre de 2024 para su reconocimiento, demuestra que las partidas de combustibles de biomasa cumplen los criterios de sostenibilidad establecidos en el artículo 29, apartados 6 y 7, de la Directiva (UE) 2018/2001. Asimismo, el régimen voluntario «PEFC» proporciona datos exactos sobre la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a efectos del artículo 29, apartado 10, de la Directiva (UE) 2018/2001, pues garantiza que toda la información pertinente de los agentes económicos en las fases anteriores de la cadena de custodia se transfiera a los agentes económicos en las fases posteriores de esta.
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