Art. 6 · Estructura de la EESD

Art. 6

Estructura de la EESD

En vigor desde 9 dic 2024
Artículo 6 Estructura de la EESD La EESD estará estructurada del siguiente modo: a) la Junta de Dirección, deberá ser el órgano encargado de la toma de decisiones de la EESD, será responsable de la coordinación global y de la dirección de la formación y educación de la EESD. Su cometido deberá incluir dar dirección al contenido y a las prioridades de los programas de formación de la EESD y la toma de decisiones sobre tareas específicas, en consonancia con las prioridades estratégicas definidas por el Consejo; b) la Junta Académica Ejecutiva, en representación de la red descrita en el artículo 7, prestará asesoramiento académico y proporcionará recomendaciones a la Junta de Dirección, y será responsable de velar por la calidad y la coherencia de las actividades de formación y educación de la EESD; c) el director de la EESD, que también será director de la Secretaría de la EESD, prestará asistencia a la Junta de Dirección y a la Junta Académica Ejecutiva en el desempeño de sus funciones, y velará por la calidad general y la coherencia de las actividades de formación y educación de la EESD; d) la Secretaría de la EESD, cuya función se describe en el artículo 13.
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