Art. 4 · Gobernanza, ejecución y elaboración de informes

Art. 4

Gobernanza, ejecución y elaboración de informes

En vigor desde 9 dic 2024
Artículo 4 Gobernanza, ejecución y elaboración de informes 1.   La Junta de Dirección será el órgano encargado de la toma de decisiones de la EESD. 2.   La EESD trabajará bajo la dirección operativa y la responsabilidad general de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (Alta Representante). 3.   La orientación general de las prioridades y actividades de la EESD es responsabilidad del Consejo. La EESD informará periódicamente al Consejo de sus actividades. Presentará anualmente al Consejo un informe sobre sus actividades en el año civil anterior.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2024:3116:oj#art-4