Art. 1
Normas de origen
En vigor desde 5 dic 2024
Artículo 1
Normas de origen
1. A efectos de la aplicación de la presente Decisión, serán de aplicación el apéndice I y las disposiciones pertinentes del apéndice II del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (1) (en lo sucesivo, “Convenio”), de acuerdo con su última modificación y publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. Todas las referencias al “Acuerdo pertinente” en el apéndice I y en las disposiciones pertinentes del apéndice II del Convenio se entenderán hechas a la presente Decisión.
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