Art. 28 · Información sobre los procedimientos escritos

Art. 28

Información sobre los procedimientos escritos

En vigor desde 4 dic 2024
Artículo 28 Información sobre los procedimientos escritos 1.   Los proyectos de actos políticamente sensibles o importantes que se encuentren en proceso de adopción mediante procedimiento escrito y los proyectos de actos que deban adoptarse mediante el procedimiento escrito de finalización se comunicarán a la Comisión en su reunión más cercana. 2.   Teniendo en cuenta las propuestas del presidente y de los comisarios responsables, el secretario general facilitará una lista de los proyectos de actos para la reunión semanal de jefes de gabinete. 3.   Esta lista podrá actualizarse hasta la reunión de la Comisión en la que se pongan en conocimiento de la Comisión los proyectos de actos en cuestión.
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