Art. 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
En vigor desde 25 nov 2024
Artículo 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
1. Se establece una medida de asistencia en favor de Jordania (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»).
2. El objetivo de la medida de asistencia es reforzar las capacidades de las Fuerzas Armadas jordanas, contribuyendo así a la estabilidad y la seguridad nacional de Jordania y a la protección de su población civil, mediante el apoyo a las unidades encargadas de operaciones de protección de sus fronteras septentrionales y orientales.
3. Para alcanzar el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales:
a)
equipos de detección y de contramedidas;
b)
equipos de vigilancia en tierra;
c)
equipos de ingeniería.
La medida de asistencia financiará asimismo los suministros y servicios conexos, en particular la formación técnica, en caso necesario.
4. La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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